Modelo de Contrato de Formación

Modelo Contrato Formacion

En algún momento habrás necesitado un modelo de un contrato de formación para distintas cuestiones laborales. Sin embargo, primero será necesario conocer exactamente de qué se trata, todo a través de una explicación simple.

Modelo de Contrato de Formación

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Aquí tienes varios contratos de formación para descargar

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¿Qué son los contratos de formación y aprendizaje?

En primer lugar, debemos decir que los contratos de formación y aprendizaje son una forma para contratar empleados, donde se combinan dos aspectos fundamentales: el salario y el aprendizaje.

Es decir, se trata de una medida impulsada por el gobierno que intenta que los jóvenes tengan su primer dinero, al mismo tiempo que puedan adquirir conocimientos específicos de un área en particular. La práctica se complementa con la teoría, haciendo que un trabajo específico, en el que se adquiere experiencia, también se sume a una formación de nivel intelectual.

Entonces, debemos saber que esta modalidad de contrato es igual que podría suceder con cualquier otro, en el sentido en que está amparada y legislada bajo la retribución económica de las actividades laborales. Esto quiere decir, lisa y llanamente, que el trabajador se encuentra en relación de dependencia con una empresa a la cual le presta sus servicios, obteniendo un salario a cambio.

Sin embargo, aquí se suman las acciones formativas, que no se cobran, pero que entran en cotización con la Seguridad Social, siendo el único tipo de contrato bonificado para las compañías, algo que puede resultarles de interés a la hora de elegir este tipo de contratación.

Sabiendo esto, debemos decir que un contrato de aprendizaje (también conocidos como contratos de formación) están estipulados para todos aquellos jóvenes que se encuentren dentro del sistema de Garantía Juvenil, donde haya un rango etario que oscile entre los 16 a los 25 años, extendiéndose hasta los 30 en el caso de que se posea algún tipo de discapacidad.

Por lo tanto, lo que vemos es que el trabajador estará en responsabilidad con un contrato en el que deberá cumplir con las obligaciones que se estipulan en su carga horaria posicional (de unas 30 horas a la semana) con la educación que se le asigna para el puesto (que suele ser de unas 10 horas a la semana). Esta formación se puede realizar de manera presencial o a través de plataformas digitales.

Cuando el período de contrato acabe, el trabajador podrá acreditar la experiencia de haber terminado en tiempo y forma con su puesto, aunque también tendrá una ventaja, en el sentido en que habrá adquirido formación profesional para el empleo. Esto se traduce en la adquisición de un Certificado de Profesionalidad, reconocido a nivel europeo (pues los emite el SEPE), sirviendo como adjunto para certificar el desempeño de una profesión.

Características de un contrato de formación

Las características de los contratos de formación y aprendizaje son las siguientes:

  • La intención es que se inserten laboralmente los menores de 25 años. Si luego se extiende, seguirá vigente. Lo importante es que el alta inicial se realice con el máximo de edad estipulada.
  • La formación específica estará relacionada con el puesto en el que se encontrarán desempeñando.
  • El trabajador tendrá una titulación oficial, sirviendo como certificación de la posición que ocupó.
  • La empresa tendrá una reducción del 100% en los Seguros Sociales.
  • Si el trabajador tiene formación en una posición, el contrato no podrá permitirle trabajar en ella, pues la intención es que pueda aprender algo que no sabe, todo al mismo tiempo en el que adquiere experiencia y consigue un salario.
  • No se podrá trabajar en horario nocturno. O sea, el tiempo máximo será hasta las 22h, pero a partir de esa hora y hasta las 6h de la mañana no estará habilitado. Tampoco estarán permitidas las horas extra. Al mismo tiempo, todos los contratos serán realizados a tiempo completo, no a tiempo parcial.
  • Se goza de vacaciones de acuerdo con el régimen de convenio presente.

Requisitos en un contrato de formación y aprendizaje

Antes de pasar a ver una plantilla de contrato de formación, debes saber cuáles son los requisitos. Por supuesto, esto incluye tanto a los trabajadores como a los empresarios, puesto que los primeros necesitan adquirir experiencia para el puesto y obtener un salario, mientras que los segundos buscan reducir los seguros sociales. Así, algo que debe saberse es que esta modalidad de contrato es compatible con cualquier ocupación.

Los requisitos del trabajador son los siguientes:

  • La persona que busque el trabajo debe demandar el empleo durante al menos un día antes de que el contrato pase a efectuarse.
  • La edad permitida para los trabajadores en este tipo de contratación es entre los 16 y 25 años. Aquellos que posean discapacidades tendrán una extensión permitida hasta los 30 años.
  • Siempre el trabajo que se hará tendrá una relación con el puesto y la formación que se asigna en el contrato firmado.
  • Es fundamental que el trabajador se encuentre registrado en el sistema nacional de Garantía Juvenil.
  • Como habíamos comentado, en caso de que el trabajador tenga una titulación para ese puesto, será imposible que lo desempeñe, pues se busca nuevas formaciones, no otras preexistentes (ya que eso sería un trabajo común).
  • Tampoco se debe agotar el tiempo máximo de prórroga de un contrato de formación, el cual es de 3 años.

Otro punto importante es el que implica las responsabilidades del contrato de formación por parte del trabajador. En este sentido, el artículo 16 del Real Decreto 1529/2023, de 8 de noviembre, comenta que la formación y el aprendizaje de los trabajadores implican una obligatoriedad, por lo que solamente abocarse a la parte laboral y no a la del aprendizaje puede ser sinónimo de sanciones o de despidos por parte de la empresa a cargo.

Los requisitos de las empresas son los siguientes:

  • La compañía no debe tener sanción alguna con respecto a la Hacienda o a los pagos de la Seguridad Social.
  • La formación y el horario laboral deberá garantizarse. En ningún caso se podrá extender por fuera de lo previsto o asignar responsabilidades extra que no se contemplen en el contrato. O sea, los horarios nocturnos, los contratos parciales y las horas extras no están permitidas en esta modalidad.
  • Los medios para la formación deberán ser proporcionados por parte de la empresa. Esto incluye las tecnologías de educación, como ocurre con el caso de la portátil de los estudiantes.
  • Se asignará un tutor responsable para que siga la instrucción académica del trabajador, a la vez que se informará sobre su desempeño a escala laboral.

Ventajas, desventajas y duración de los contratos de formación

Como te podrás imaginar, existen una serie de ventajas y desventajas de los trabajadores al formar parte de un contrato de formación.

Ventajas para el trabajador

  • El salario de un Contrato de Formación y Aprendizaje está asegurado, en el sentido en que el valor jamás será menor al que contempla el salario mínimo interprofesional (SMI).
  • Toda la Protección Social estará completa, pues rigen los mismos derechos que en cualquier otro tipo de contrato.
  • El derecho al paro y a las vacaciones también serán derechos garantizados.
  • Una vez que se acabe el proceso, el trabajador tendrá una formación oficial certificada por el SEPE (Certificado de Profesionalidad), la cual garantizará una buena calidad para futuros puestos laborales.

Desventajas para el trabajador

  • Las horas de formación no se cobran, aunque sí se cotizan. Esto también implica una responsabilidad para el trabajador, pues se realizan por fuera de horario laboral, por lo que estarás cargado de quehaceres, tanto a nivel laboral como en tu escala de formación.
  • En caso de que no cumplas con los requisitos académicos, estarás incumpliendo tu contrato, lo cual puede conllevar a que te despidan.
  • Muchos jóvenes mayores de 25 años no pueden formar parte de este sistema, por lo que es conveniente que sepas qué es lo que buscarás hacer con tu vida en el terreno profesional antes de que sea tarde.

Asimismo, debemos decir que la duración máxima habilitada para esta modalidad de contratación es de 3 años, aunque hay ciertos casos donde los convenios específicos pueden designar otro período. El mínimo en la formación deberá ser de 1 año, aunque se podrá realizar una inferior, con unos 6 meses. En caso de que la formación tarde más de la cuenta estará la posibilidad de realizar dos prórrogas que se llevarán a cabo en períodos de 6 meses.

Cabe destacar que hay que diferenciar esta modalidad con el contrato en prácticas, que ocurre cuando los estudios finalizan. Aquí, en cambio, se estudia y trabaja al mismo tiempo. Entonces, el primer año se trabajan unas 30 horas, donde el básico (40 horas) son 950 euros, mientras que en 30 horas son 712,50 euros. En el segundo y tercer año, con 32 horas, el valor será de 817 euros mensuales.

Asimismo, el primer año se destinará un 25% de la jornada laboral a la formación, mientras que el restante se harán actividades para la propia empresa. Cuando siga el segundo y tercer año, la distribución cambia hacia un 15% en términos de formación, mientras que el trabajo efectivo tendrá un máximo del 85%.