Modelo de Contrato de Permuta
Generalmente cuando se quiere obtener algún bien o servicio se recurre a la compra como el mecanismo para obtenerlo, sin embargo la ley permite mediante mecanismos o variaciones de la venta misma, que alguien obtenga aquel bien o servicio, este es el caso de la permuta, en la cual mediante un acuerdo de voluntades dos partes llevan a cabo una transacción.
Modelo de contrato de Permuta
[su_panel] [gravityform id=»43″ title=»false» description=»false»] [/su_panel]Rellena este formulario y podrás tener tu contrato listo para imprimir.
Algunos contratos de permuta que puedes descargar
[su_row] [su_column size=»1/2″ center=»no» class=»»] [/su_column] [su_column size=»1/2″ center=»no» class=»»]Otros contratos similares:
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¿Qué es un contrato de permuta?
El modelo de contrato de permuta que te ofrecemos, te permitirá rellenar los campos con los datos correspondientes para su caso particular, este formato de contrato de permuta lo podrá descargar en formato PDF o Word.
La permuta también denominada trueque se considera históricamente como el precedente inmediato a la compraventa, la definición más general es la de realizar el cambio de un bien o servicio por otro. Se puede definir desde el punto de vista del derecho civil.
¿Qué es un contrato de permuta en derecho civil?
- Según el código civil colombiano en el artículo 1539 la permuta es un contrato mediante el cual una parte, que puede ser una personas natural o jurídica, cede un bien o servicio a otra persona contra la entrega de otro bien o servicio
Según la definición dada por el código civil el contrato de permuta tiene las siguientes características:
- Contrato consensual: El contrato es concluido con la totalidad de sus efectos desde que las partes se ponen de acuerdo, no es necesario realizar la entrega de lo permutado.
- Bilateral y recíproco: Las obligaciones son recíprocas entre las partes permutantes.
- Se obliga la contraprestación de cada una de las partes.
- Traslativo del dominio: El contrato genera obligaciones, aunque no transmite por sí mismo la propiedad del bien o servicio.
- Obliga a transmitir el dominio: Cada permutante está obligado a realizar el traslado del dominio a su contraparte.
¿Qué se puede permutar?
En general se puede permutar cualquier cosa que pueda ser objeto de venta.
¿Se pueden realizar permutas con el estado?
Si es posible, el artículo 143 del Decreto 222 de 1983 especifica que las entidades estatales de Derecho Público tienen la liberta de permutar bienes inmuebles, ya sea para adquirirlos por necesidad para su actividad o, darlos como forma de pago. También es importante saber que la ley de Contratación Estatal, Ley 80 de 1993, aunque no habla explícitamente de la permuta tampoco llega a descartarla definitivamente.
¿Cuál es la diferencia entre compraventa y permuta?
La diferencia entre el contrato de permuta y el contrato de compraventa radica en que en la permuta existe la obligación de las partes involucradas en ceder un bien o servicio por otro, en la compraventa las obligaciones son distintas, la del vendedor de entregar el bien o servicio vendido y la del comprador que es pagar el monto acordado. Ambos contratos son nominados ya que se encuentran regulados por el código civil colombiano, y se completan con solo el consentimiento de las partes, a menos que el bien permutado sea un inmueble, caso en el cual se requiere la elevación del contrato a escritura pública y demás requisitos propios de la legalización del traslado de propiedad.
Consideraciones sobre el contrato de permuta mercantil
¿Cómo se extingue el contrato de permuta?
Al igual que otros tipos de contrato, el contrato de permuta es susceptible de ser extinguido o anulado, las razones para que se llegue a esta anulación son similares a las del contrato de compraventa:
- En el caso que existan vicios o información oculta del bien o servicio que afecte su pertenecía, uso o modificación a futuro.
- Dentro del contrato de permuta se acuerda una fecha o plazo para la entrega de los bienes o servicios, si esta fecha se incumple es un motivo de anulación del contrato.
- Otra razón para la anulación es el caso que unas de las partes entregue un bien o servicio diferente al acordado.
- En el caso que por mutuo acuerdo anulen el contrato de permuta.
Permuta de cosa ajena
Este tipo de acuerdo se realiza cuando una de las partes aún no posee la propiedad del objeto de la permuta pero aun así se compromete a entregarlo. Este tipo de contrato puede llegar a incurrir en incumplimiento por falta de entrega del bien o servicio.
Saneamiento por evicción
Es posible que una de las partes pierda la cosa permutada por evicción, esto quiere decir como consecuencia de una sentencia judicial, en este caso se puede acordar previamente dentro del contrato que sea posible recuperarse el bien o servicio entregado o se acordara una retribución por los daños y perjuicios que ocasione.
Derecho de recuperación de la cosa permutada
Este derecho se acuerda dentro del contrato, y permite a las partes recuperar el bien o servicio entregado, según algunos lineamientos que si se cumplen obligarían a la devolución. En el caso que alguna de las partes ya no posea el bien o servicio se podrá solicitar indemnización por daños y perjuicios.
Permuta de cosa futura
Este tipo de contrato es especial, ya que implica que una de las partes se compromete a entregar un bien o servicio que aún no existe. Es un contrato usual en el sector inmobiliario donde por ejemplo una constructora usa un modelo de contrato de permuta de terrenos mediante el cual a cambio se compromete a entregar viviendas que aún no están construidas.
Tipos de contrato de permuta
La clasificación se hace dependiendo de la cosa que se permuta y hace en tres tipos de contrato de permuta:
De bienes inmuebles
- Dentro de este tipo se clasifican todos los bienes inmuebles susceptibles de ser permutados: Casas, pisos, apartamentos, locales, terrenos, lotes, fincas, casa lotes y demás inmuebles.
De bienes muebles
- Dentro de este tipo se clasifican todos los bienes muebles susceptibles de ser permutados: Vehículos o cualquier producto físico.
De derechos o servicios
- Dentro de este tipo se clasifican todos los derechos o servicios susceptibles de ser permutados: Derechos sobre créditos, derechos sobre sucesiones hereditarias, de usufructo, y cualquier otro tipo de servicio profesional o técnico.